El cartel, puesto en el comedor, no dejaba ninguna duda:
PROHIBIDO ENAMORARSE EN LA EMPRESA
La Oficina de Recursos Humanos de “Orgüell S.A.” incorpora a su Manual de Procedimientos una nueva prohibición. En efecto nuestra firma, siempre un paso adelante, no sólo que prohibirá los vínculos amorosos entre sus empleados y empleadas, empleadas y empleadas, y empleados y empleados (porque somos autoritarios pero no discriminadores) sino que también penará el delito de sensación, el cual pasamos a describir.
Además de mantenerse como causal de despido el frotamiento sexual entre empleados dentro o fuera de la empresa, con fines serios o no, más no sea un romántico beso o un paseo de la mano, también la mera aparición del deseo amoroso será causal de expulsión inmediata. Con ese fin hemos contratado a un empleado (felizmente casado y satisfecho sexualmente con su esposa) quien detectará tempranamente todo deseo intrapersonal mediante el uso de cámaras ubicadas estratégicamente (incluso en los baños): ojos en blanco, pestañas que suben y bajan velozmente, cambios de anatomía repentinos, sonrisas exageradas, arrumacos, cambios de voz y uso de diminutivos (“cosita” “gordi” “bicho” etc.) en síntesis, cualquier manifestación de amor que se les ocurra y, señoras y señores…¡de patitas a la calle!
A no quejarse. Que el amor, como el esfínter, es controlable. Al menos por un tiempo.
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